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viernes, 25 de octubre de 2019

40 años del Estatuto de Autonomía del PAÍS VASCO.

El País Vasco disfruta de su ESTATUTO DE AUTONOMÍA, también conocido como ESTATUTO DE GERNIKA, desde 1979.

Constituye la institución por la que los tres históricos Territorios Forales (Álaba, Bizkaia y Gipuzkoa) acceden a su AUTOGOBIERNO como país unitario con el nombre de PAÍS VASCO en atención a su histórica nacionalidad foral.

Su logro fue el acontecimiento más ilusionante y excitante que una persona puede vivir y de grandísima transcendencia a nivel social, máxime cuando en 1936 hubo un primer Estatuto de Autonomía, incluyendo el viejo Reino de Navarra como Territorio Foral, con el nombre de ESTATUTO DE ESTELLA, que fracasó por el golpe de estado franquista el mismo año.

Fue algo insólito cómo partidos políticos españoles imbuidos del espíritu de la dictadura supieron, en relación con partidos nacionalistas vascos, dar a luz una nueva era democrática.

Nunca los Territorios Forales habían tenido en su historia una Institución con carácter unitario.
El estatuto de autonomía reconoce los Derechos Históricos Forales con rango de País, de nacionalidad.

No cabe duda que el salto "mortal", o mejor dicho, "vital" de la dictadura a la democracia fue algo insólito, gestado en el acuerdo, en el Pacto, conjurando un ambiente amenazado por el Ejército y las fuerzas franquistas.

Sin embargo, hoy en día, 40 años después, generaciones posteriores educadas en democracia, aspiran a nuevas formas de relación del País Vasco-Navarro con España oponiéndose a un centralismo cada vez más furibundo al amparo de la judicialización de la política.

La Comunidad Foral Navarra está siendo tratada, al margen de su estatus Foral, por los partidos políticos, imbuidos por el anexionismo de la españolidad de UPN,  como una autonomía más en la España uniformadora de las autonomías.

La Comunidad Autónoma del País Vasco encierra en sí misma una contradiccción: 
Que tres Territorios de la Administración de Régimen Foral estén representados y gobernados por instituciones (Parlamento y Gobierno) de la Administración de Régimen Común.

Hoy resulta imprescindible un paso más en la foralidad: 
Que el Gobierno y Parlamento Vascos, emanados de las Instituciones Forales, al amparo de los Derechos Históricos constitucionales, por los que los Territorios Forales fueron soberanos en su estructuración política y administrativa, sean forales, no autonómicos.

No obstante, las nuevas generaciones son más partidarias de, abandonando la desprestigiada foralidad, establecer un nuevo acuerdo con España en base a la federalidad.



lunes, 29 de octubre de 2018

Nuevo estatus vasco: FORAL... ¡¡¡O será un bodrio!!!

¿Por qué Foral?
Porque la Foralidad requiere PACTO
el Pacto requiere BILATERALIDAD
La Bilateralidad requiere SOBERANÍA
La Soberanía requiere INDEPENDENCIA
La Independencia requiere DERECHO A DECIDIR

Porque la Foralidad, que es Constitucional, requiere todos esos conceptos.
Aunque, abanderados partidistamente como valor absoluto, pueden llevar a enfrentamientos irreconciliables; y rechazados por inconstitucionales.
Sin embargo, sustentan el constitucional Convenio/Concierto económico-fiscal Foral con España, haciendo realidad la Unidad del Estado entre diferentes.


  • Porque es evidente que, en los Territorios Forales de Euskadi, la mayoría queremos un nuevo estatus: Una nueva y democrática relación en el Estado con España.
  • Porque soluciona el desencuentro entre los partidos que, perdidos en una irreconciliable terminología, ni el recurso a destacados especialistas para la redacción de un nuevo Estatuto asegura poder congeniar.
  • Porque las bases de un futuro Estado Vasco, históricamente, son Forales.

El Estado Vasco, añorado tras la ilegítima abolición del Reino de Navarra, se recupera empleando el lenguaje foral conocido por todos y aceptado legalmente; ejerciendo presión mediante una pedagogía y una firme y comprometida actuación institucional para la recuperación de competencias (Derechos Históricos), generando adhesiones y sinergias hasta su instauración.

FORAL, porque es nuestra realidad, tanto histórica como actual, conocida, vivida. Y, aunque a duras penas, en ejercicio en nuestra relación con España y en nuestra estructura territorial.

  • Porque es un estatus del que todos sabemos de qué hablamos y que entendemos debe ser actualizado a pesar de la distinta concepción por parte del nacionalismo español respecto de la del nacionalismo vasco.
  • Porque siendo su origen política y jurídicamente violento en el s. XIX : Aboliciones, Imposiciones, Asimilación en un ambiente bélico, fue la resistencia de las propias instituciones españolas impuestas la que dio origen a la Foralidad constitucional.
  • Porque, en el siglo XXI, aspiramos a que la Foralidad no se asiente en el "derecho de conquista", en una relación de poder, dominio, dependencia, y de resistencia, sino en un acuerdo bilateral libre y democrático: de PACTO: "Primus inter pares", como reza el fuero navarro.
  • Porque los Territorios e instituciones Forales deben serlo con autenticidad y plenitud; ejerciendo todas sus competencias salvo las cedidas para constituir el Estado. 
  • Porque no es admisible que, en la actual estructura autonómica de España, se considere a los Territorios Forales, y ellos mismos se comporten, como comunidades autónomas; con una sola peculiaridad Foral: el Convenio/Concierto económico-fiscal. Generando impropios agravios comparativos.
  • Porque los Territorios Forales de Euskadi no deben constituir un Parlamento y Gobierno autonómicos, sino Forales.
  • Porque sufrimos el consiguiente desprestigio, abandono e ignorancia por parte de la ciudadanía del hecho y del derecho Foral. Objetivo, no casual, perseguido por los gobiernos españoles mediante contrafueros y su política del "café para todos", aunque sea extraña y poco práctica para la administración española.
Porque es preciso convivir en un contexto FORAL pleno y DEMOCRÁTICO:
Constituida la unidad del Estado por dos administraciones: la Foral y la de Régimen Común propiamente española.
Sin dependencia ni poder de una respecto a la otra.
Con un organismo del Estado en el que comparezcan, en paridad, los representantes españoles y los forales para acordar las políticas de Estado, dado que en el Congreso la minoría foral es arrasada por la voluntad de la mayoría española.

A su vez, los Territorios Forales (Navarra y Euskadi) podrían constituir un organismo Foral común para su representación en el del Estado, al amparo de la Disposición Transitoria que contempla su unión.

¿No es más sencillo y asumible por todos un Estatus Foral de este tipo?

De este modo podremos acordar, en un futuro próximo, incluso acerca de la República... del Estado Vasco y de lo que haga falta.

jueves, 19 de julio de 2018

CONVENIO FORAL.- No Estatuto Autonómico.

En la España de las AUTONOMÍAS es preciso poner de relieve el hecho distintivo de la FORALIDAD.

El ESTATUTO AUTONÓMICO regula las competencias que el Gobierno delega o traspasa a sus administraciones autonómicas.

CONVENIO FORAL debería denominarse al PACTO por el que se acuerda con el Estado el reconocimiento, DEVOLUCIÓN de COMPETENCIAS, como DERECHOS HISTÓRICOS preconstitucionales.

Es una distinción política y jurídica ajustada a derecho y al hecho distintivo de la singularidad de los Territorios Forales en la composición del Estado español.

La consideración de Convenio Foral conlleva el no ser tratados los Territorios Forales como autonomías españolas y que los Territorios Forales dejen de comportarse como autonomías del Estado.

Considero sustancial esta constatación, en estos días en que se debate un Nuevo Estatus Vasco.

Es preciso rescatar el Parlamento y Gobierno vascos de su carácter "Autonómico" y reconocerlos en su condición Foral como emanados de la Confederación Foral de Territorios Vascos.

lunes, 21 de mayo de 2018

CONSTITUCIÓN FORAL de Euskalherría: Nuestra IDENTIDAD.

El Nuevo Estatus Vasco está encontrando trabas para el consenso.
Motivos, varios. Todos ellos artificiosos:

Demasiado identitario para los partidos de ámbito estatal.

  • En Euskalherría, en la actualidad, hay múltiples identidades. En cuanto a la población: euskaldunes, castellanos, musulmanes, latinos, del Este, chinos... En cuanto a los Partidos: Españolistas y regionalistas, junto a nacionalistas y separatistas. Sin embargo, a todos les une una fuerte identidad diferenciadora: Su Constitución Foral. 
  • CONSTITUCIÓN FORAL que identifica a todos, no a unos más que a otros, pues todos viven, se organizan y se relacionan con el Estado en función de su condición Foral. Distinta y diferenciada de la Constitución Autonómica española. Constitución Foral que no todos se ponen de acuerdo para: mantenerla, mejorarla y no empeorarla....; o bien, abolirla definitivamente. Es momento de posicionarse con franqueza; si se trata de mejorarla, todos ¡¡¡juntos a tope!!!; si se decide abolirla..., ¡¡¡con todas las consecuencias!!!
  • El Nuevo Estatus va en la línea de Amejorar y ampliar el actual estatus Foral que nos identifica.


No contempla el Derecho a Decidir.

  • ¿Cómo...? Nuestra CONSTITUCIÓN FORAL es,YA, nuestro Derecho a Decidir Histórico  y en pleno ejercicio; cosa distinta es que nosotros lo hayamos, más o, menos, defendido y desarrollado, o desprestigiado, incluso abandonado. 
  • Contiene implícita nuestra capacidad legal reconocida y ejercida de PACTAR, lo que implica derecho a decidir.
  • El Nuevo Estatus se plantea en virtud de ese nuestro Derecho a Decidir. Pactémoslo entre nosotros y pactémoslo en el Estado. Sin partidismos que nos debilitan en favor de la prepotencia ejercida por el centralismo absolutista del Estado.


Tenido como inconstitucional.
¡¡¡Imposible...!!!
La Constitución del Estado reconoce y ampara los DERECHOS HISTÓRICOS de nuestra Histórica Constitución Foral.
Derechos Históricos, es decir: Que no derivan ni son otorgados por la Constitución.
Derechos PRECOSTITUCIONALES, pues los que están en ejercicio no necesitan reconocimiento.
Un Nuevo Estatus que abogue por la reintegración plena, incluso por la Independencia preconstitucional, Histórica, no podría ser inconstitucional. De hecho, el Art. 155 aplicable a las Autonomías, no sería legal aplicarlo en Territorios Forales ya que las competencias no son transferidas, sino reconocidas como propias.

Se compromete la Unidad del Estado.
Se compromete cierta concepción de "unidad centralizadora" que, por cierto, es CONTRAFORAL y... en consecuencia, inconstitucional.
La unidad confederal Histórica siempre se dio en la Corona.
Y podría seguir dándose en el Jefe del Estado.

miércoles, 16 de mayo de 2018

Bendito NACIONALISMO IMPERIALISTA... maldito EL SEPARATISTA.

No hace falta ser experto historiador, sociólogo o moralista para concluir que el nacionalismo separatista no es una enfermedad social, ni la perversidad de una sociedad.

Cualquier persona, libre de prejuicios, puede dar razón de que es una consecuencia:
Es la reacción a una acción considerada ilegítima.
Violentadora del Orden natural de un País, de su Identidad, de su Libertad, de sus Instituciones.
Para someterlo a la voluntad, a la identidad y a las instituciones del invasor.

El detonante del conflicto es una ACCIÓN INVASIVA.

El Orden Natural original, queda, así, violentado por un nuevo Orden Establecido:

La Unidad Indivisible de la Patria.
Unidad ilícita, pero, legalizada y disfrazada de pacto, no con las Instituciones Originales, sino con las impuetas: Por el poder de la fuerza, o la fuerza del poder; como se quiera.

Ilicitud que se impondrá como Ley y Orden, fundamento de "concordia" y de "bienestar".
Con las bendiciones de sus instituciones políticas, militares, jurídicas, sociales y eclesiales.

Originando una reacción defensiva; que, siendo ineficaz:
Con el tiempo, genera un sentimiento nacionalista que:
Mantenido a lo largo de generaciones, llega a un deseo separatista.

Sin embargo será, por el contrario, el nacionalismo separatista el perseguido el condenado como antidemocrático, ilegal, desorden, causante de división, sembrador de discordia y destructor de la paz... etc, etc, etc.
Y sus instituciones políticas, sociales y eclesiales, en cuanto defensoras de su identidad y derechos, como reaccionarias.

AMEN. ¡¡¡Ole morena...!!!

miércoles, 9 de mayo de 2018

FORALIDAD... ¿En peligro?

Es imposible y..., además, no puede ser.
Oigo y leo con consternación el temor que transmiten los medios de comunicación acerca de la posible supresión de la FORALIDAD.

Transmiten alarmismo haciéndose eco de movimientos apocalípticos desde España.
Sin hacer la mínima mención a las potencialidades y blindaje que la propia Foralidad alberga.

Con el sorprendente silencio cómplice de nuestras Instituciones Forales, nuestros partidos, nuestros políticos, nuestra prensa nacionalista y de nuestra sociedad, como rendidos, vencidos por algo, no sólo posible, sino probable.

Pero la abolición de la FORALIDAD es imposible y... además... no puede ser.
La Foralidad no la otorga, no la confiere ni la retira España ni sus instituciones.
España no es la titular de la Foralidad.
Euskadi y Navarra son los titulares de su Foralidad. España reconoce y respeta la Foralidad de estos Territorios y forma parte de la Constitucion del Estado.

A este respecto, hemos oído que el reconocimiento que la actual Constitución hace del Régimen Foral, podría verse anulado por la supresión en una nueva Constitución.
España no puede abolir nuestro estatus Foral, no tiene competencia, como no sea alegando derechos de conquista, hoy a todas luces extemporáneo.

España, evidentemente, podría continuar con su Administración de Régimen Común que es la suya, y prescindir de la Administración Foral, rompiendo el Régimen Pactado inherente a la Era Constitucional.
Ello, en nada afectaría a nuestras Instituciones que, titulares de nuestra Administración Foral privativa, se verían separadas del Estado al modo preconstitucional.

Si España anula del ordenamiento del Estado nuestra Foralidad, anula nuestro nexo de unión en el Estado, anula su nexo de unión con los Territorios Forales.

Lo que nos pasa es que, imbuidos de mentalidad autonómica sometida al interés del Gobierno de España, perdida nuestra conciencia Foral, cualquier viento del sur nos organiza una tormenta.

La abolición de nuestro Régimen Foral no vendrá de España; será por nuestra desidia y connivencia con el Gobierno español.
Asustémonos por nuestra propia actitud respecto al fuero; no por inútiles amenazas foráneas.


lunes, 7 de mayo de 2018

E.T. A- El difícil PERDÓN

Todos necesitamos pedir perdón alguna vez que otra en nuestra vida. Todos experimentamos alguna vez en nuestra vida la necesidad de ser perdonados.
El equilibrio personal, el equilibrio social, dependen de la capacidad de perdonar y ser perdonados.

La disolución de ETA ha dejado en la sociedad una losa de inhummanidad por la crueldad y terror de sus actos. Y se le achaca otro acto de inhumanidad: irse sin pedir perdón.

Pienso que la petición de perdón no corresponde a la banda criminal como tal, de modo "institucional".
La responsabilidad del daño es personal: con nombre y apellidos. La responsabilidad no es compartida, no se diluye en el colectivo.

Para mí sería sarcasmo cruel que tras aterrorizar y manipular la sociedad dijera: "La banda se disuelve; perdón por los daños ocasionados".

Yo necesito perdonar el daño que nos han hecho.
Quiero no olvidar... porque si olvidase me sentiría incapaz de perdonar y quiero poder perdonar para no vivir odiando, para poder reconciliarme y vivir en paz.

Necesito que alguien..., un rostro nos mire a los ojos... y que nosotros podamos mirar los suyos... y notar su arrepentimiento y sincera petición de perdón.

Pero el perdón es difícil.
Es difícil pedirlo... aunque se esté arrepentido.
Es difícil concederlo... cuando se ha sufrido tanto.
Pero es necesario poder pedir perdón... y poder concederlo.
En ello nos va la salud personal... la salud social.

No podemos exigir, ni esperar que alguien arrepentido nos pida perdón.
Pero... siempre debemos poder perdonar.

lunes, 23 de abril de 2018

ETA... ¡¡¡por fin...!!! SE VA.

Acabamos de entrar en un hito histórico largamente deseado y esperado: Esperamos el último anuncio de su desaparición, prometido para primeros de mayo.

Espero que sea el fin de una etapa negra, criminal, inhumana, deshumanizadora.. injusta y cruel.

Un documento histórico de tal calibre debería estar a la altura de las circunstancias mediante la expresión de una calidad humana ¡¡¡de tal categoría...!!!, de ¡¡¡tal humanidad...!!!, que dignificase, si no redimiese, la "última voluntad" de la banda.

Sería muy de desear -y no desespero que sea-, mediante una solemne, precisa, expresa, e inconfundible declaración de:
Arrepentimiento, no digo "petición de perdón" porque podría parecer un frívolo, incluso cruel, sarcasmo, no fácil de conceder.
Empatia con los familiares y allegados, víctimas también, afectados por tanto dolor y temor, confesando que extorsionar y matar estuvo mal.
Compasión CON TODAS las víctimas: sin distinción de implicación y de responsabilidades.
Promesa de nunca más recurrir a la violencia ni al terror como medio de imponer una ideología ni de obtener sus objetivos.

Por lo demás, que, por el Buen Dios que les perdona, se dejen iluminar sus conciencias; y conviertir sus corazones de piedra en corazones de carne sensible y tierna.
Lo deseo con todo mi corazón.

lunes, 5 de marzo de 2018

El Proyecto de NUEVO Estatus Político-Jurídico vasco... ¿Incostitucional?

De eso acusan los partidos españoles, incluso vascos constitucionalistas (PP, PSE...), a cualquier NUEVO Estatus Político-Jurídico en Euskadi que no se ajuste, ni respete, el vigente ordenamiento constitucional.
No se oponen a un Estatus de competencias más amplias, pero lo supeditan a una previa Reforma Constitucional que lo delimite.

Es un modo de dificultar la propuesta de un Estatus DIFERENTE democrático y compartido.

El Nuevo Proyecto, amparado en nuestros constitucionales Derechos Históricos Forales, trata de proponer un Estatus Juríco-Político y Social NUEVO.
"Nuevo" no en el sentido de "otro más" limitado por un marco constitucional mayoritariamente centralizador.

Nuevo en el sentido de distinto, original, por el que, desde su originalidad Foral, Euskadi forme parte de una Constitución PACTADA fruto de una convivencia entre iguales en dignidad y en libertad.

Por tanto, un Estatus con carácter previo a cualquier Reforma Constitucional que pueda mediatizarlo, supeditarlo; sobre todo si es más restrictiva que la actual, imposibilitando un Pacto Bilateral en libertad e igualdad

Debería, necesariamente, ser planteado a pesar del ordenamiento constitucional vigente; de manera  IN-constitucional o A-constitucional

De cualquier modo, PRE-CONSTITUCIONAL.

A lo que se niega el constitucionalismo absolutista español por considerarlo "ilegal".

NUEVO ESTATUS origen de una NUEVA CONSTITUCIÓN "PACTADA" y fundamento de un NUEVO Estado democrático que haga imposible el actual absolutismo de España: "El ESTADO soy YO"
Lo que sería, sin duda, absolutamente CONSTITUCIONAL.

miércoles, 28 de febrero de 2018

DERECHOS HISTÓRICOS y Reforma Constitucional

Hay cierto movimiento en el Estado acerca de la conveniencia de reformar la Constitución en pro de una convivencia más moderna y actualizada.

En Euskadi se suscita también la necesidad de un NUEVO ESTATUS POLÍTICO, no sólo económico-fiscal, sino político, social..., que cohesione los partidos y la sociedad en torno a un proyecto nacional, o Foral, compartido.
Proyecto que, Pactado con España,  mejore la convivencia en el Estado.

Ambos proyectos de reforma me parecen, no sólo convenientes sino, necesarios.

Pero discrepo radicalmente de quienes abogan por que el Nuevo Estatus vasco no puede llevarse a cabo sin haber sido previamente reformada la Constitución.

Eso supondría pensar, y lo que es peor, establecer:

  • Que los Derechos Históricos dimanasen de la voluntad de España, de su Parlamento y de su Gobierno.
  • Que las mayorías demográficas parlamentarias controlasen unilateralmente, los Derechos Históricos de la minoría Foral pudiendo determinar su supervivencia o supresión.


La realidad de los Derechos Históricos es que:

  • Devienen de una Soberanía Originaria "adaptada a los intereses de la Nación" por imposición de la Constitución de Cadiz de 1812 en un ámbito de guerra y violencia política y jurídica.
  • Son anteriores y previos a la nueva Nación emergente, España, como monarquía constitucional y, en consecuencia, anteriores a su Constitución.


En la actual concepción democrática de la convivencia entre los pueblos:

  • Es aquél PACTO de adaptación al interés del Estado, perpetuado a lo largo de nuestra Historia, el que actualmente condiciona y da legalidad a la Constitución del Estado.
  • No al revés.
  • Pacto actual de "adaptación"..., tanto de España, como de los Territorios Forales..., al interés de un Estado compartido


Debemos pasar del concepto Constitución Española al de Constitución del ESTADO español.
Porque el Estado es mayor que España.

La CONSTITUCIÓN  se reforma, en consecuencia, según las condiciones del PACTO.

Urge acordar con prontitud nuestro NUEVO ESTATUS POLÍTICO para Pactar con España una NUEVA CONSTITUCIÓN DEL ESTADO.

lunes, 19 de febrero de 2018

RÉGIMEN FORAL: Sus verdaderos enemigos. (Revisado)

Los verdaderos enemigos del RÉGIMEN FORAL son los propios Territorios Forales.

Ni juicios y críticas desde comunidades autónomas contra la Foralidad
Ni críticas más institucionales: Desde el Congreso de Diputados.
Ni por muchos constitucionalistas que aboguen por un control parlamentario de la Foralidad,
constituyen peligro alguno para el Régimen Foral:
Porque los asuntos de la Foralidad no se dirimen por mayorías en las Cortes españolas; no son competencia ni del Congreso, ni del Senado.

PELIGRA:
  • Cuando los políticos, y las propias Instituciones Forales, se acomodan a las exigencias de la Administración española por la inercia de la convivencia, abdicando de su condición Foral.
  • Cuando "solicitando" "la transferencia" de competencias al Gobierno, se comportan como autonomías españolas perdiendo de vista que las competencias Forales no son transferencias ni cesiones del Gobierno español, sino Derechos Históricos.
  • Cuando no hacen valer que en la relación con España se PACTA "la devolución" o "el reconocimiento" de los poderes, ilegítimamente arrebatados en el inicio de la Era Constitucional, y que correspondería ejercer en el presente como Territorios Forales.
  • Cuando desconocen que la Foralidad es el pacto de integración de "un estado, dentro del Estado": "Primus inter Pares"; un acuerdo internacional en la España constitucional de las Nacionalidades Históricas; entre gobiernos, entre administraciones distintas con capacidad legal y soberana para pactar.
  • Cuando el Pacto de Estado es adulterado y sustituido por un pacto interesado y aleatorio entre partidos ejemónicos de la Administración Foral y de la Administración española.
  • Cuando Territorios Forales están gobernados e integrados por una Comunidad Autónoma como la de Euskadi aunque, de hecho, se relacione con el Gobierno de España como Foral.
  • Cuando políticos e Instituciones Forales admiten y emplean un léxico inadecuado creando confusión. Con anterioridad a la Constitución de 1978 las provincias FORALES eran reconocidas diferentes. En la España de las Autonomías, la autonomía de la Foralidad, queda diluida entre ellas, suscitando confusión y agravios comparativos. Es importante el léxico para evitar confusiones: Debería distinguirse, al amparo de la Constitución, entre Comunidades Autónomas y Nacionalidades Forales

He leído que un representante vasco, para más señas nacionalista separatista, ignorando la Foralidad, "pregunta" en sede parlamentaria si el Gobierno "está dispuesto" a transferir competencias y a cumplir las que legalmente integran el Estatuto.
Este asunto no se solventa en el Parlamento español, sino mediante relación BILATERAL.

El peligro lo tenemos en casa, entre nosotros si, -haciendo seguidismo autonomista,-  abdicamos del Fuero.
FORALIDAD: No sólo es nuestro Derecho a Decidir... Es nuestro  HECHO DE DECIDIR.

El RÉGIMEN FORAL, nuestro "Derecho a Decidir"

El Derecho a Decidir deja en punto muerto el debate de reforma del Estatuto Vasco leemos en la prensa.

Tengo que repetirme una vez más.
Nuestro derecho a decidir es inherente a nuestro RÉGIMEN FORAL y al amparo de los DERECHOS HISTÓRICOS reconocidos en la Constitución.
Nuestro Derecho a Decidir está actualmente en ejercicio en las Competencias Forales, en el Concierto Económico, en nuestro Derecho Civil...
Nuestro Derecho a Decidir está en nuestra capacidad y voluntad de PACTAR entre nosotros, y con el Estado, la ACTUALIZACIÓN de cuantos DERECHOS HISTÓRICOS deseemos ejercer.

Nuestros Derechos Históricos llegan hasta la independencia preconstitucional.

Independencia del Parlamento español, independencia del Gobierno español, independencia de la Justicia española.
Nuestra independencia puede llevarnos, por DERECHO HISTÓRICO, a depender de la Corona del rey de España.
Y el FUERO puede llevarnos a PACTAR seguir, o no, con el rey de España en la Unión Europea.

No debemos comportarnos, ni permitir que se nos trate, como una autonomía de Régimen Común.
Somos TERRITORIOS FORALES.

Art. 155 de la Constitución española INAPLICABLE en TERRITORIOS FORALES

Artículo 155. Si una Comunidad Autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente ...

La Constitución hace expresa referencia a las COMUNIDADES AUTÓNOMAS.

No contempla el incumplimiento por parte de un TERRITORIO FORAL.
De suyo, sería un supuesto muy remoto ya que atentaría, FUNDAMENTALMENTE, contra su propia esencia FORAL, es decir, de carácter PACCIONADO en su relación con el Estado español.

Los TERRITORIOS FORALES no reciben del Estado sus competencias.
No pertenecen, no forman parte del Régimen Común de la administración española.

Sentido original de la FORALIDAD:

Los Territorios Forales PACTAN el RECONOCIMIENTO, (no "cesión") por parte del Estado, de aquellas competencias que, de no haber sido usurpadas en la instauración de la Era Constitucional, hoy les correspondería ejercer.

El Pacto Foral establece las competencias correspondientes al Estado y a los Territorios Forales.
Ninguno de ellos tiene capacidad para modificar unilateralmente el estatus pactado.

Hay condiciones cohercitivas inherentes a la condición de PACTO:

  • Al Territorio no le conviene el incumplimiento pues, roto el Pacto, perdería su condición Foral, pasando a ser del dominio del Estado. No es necesario el Art. 155.
  • Al Estado no le conviene incumplir el Pacto, pues dejaría al Territorio Foral libre de compromiso recuperando su soberanía, incluso su independencia del Estado, siendo improcedente el Art 155.

Presente de la FORALIDAD:

En los orígenes, el Pase Foral y la Declaración de Contrafuero regulaban los incumplimientos de la Corona.
En el presente es un Tribunal Constitucional el que debía dirimir "imparcialmente" los incumplimientos y choques de competencias. Pero es un órgano judicial del Gobierno español y la Foralidad queda a su albedrío... no necesito aclarar más.

Los incumplimientos o Contrafueros por parte del Estado son numerosos y clamorosos; por ejemplo:

  • El rechazo unilateral por las Instituciones españolas, sin derecho a debate, de la Propuesta de nuevo Pacto del Gobierno Ibarretxe: el llamado "Plan Ibarretxe".
  • El incumplimiento del Gobierno de España a lo largo de 30 años del Estatuto de Gernika, Ley Orgánica del Estado.
  • Los prolongados silencios por parte del Gobierno español ante las reiteradas reclamaciones de diálogo por parte del Gobierno Vasco.


Son motivos suficientes para denunciar y dar por "roto el Pacto".
Justifica la declaración, el reconocimiento más bien, de una  INDEPENDENCIA de facto por parte de Partidos y Coaliciones como EA, EAJ/PNV, EHBILDU, etc. sin que esté justificada la aplicación del Art. 155.

CATALUNYA - ¿Dialogar con el Poder...? ¡¡¡PUF!!!

El Poder no dialoga: Se impone.
Pero el problema no es la fuerza del Poder
El problema es un Poder no consensuado.

El Estado español está constituido por la FUERZA. 
Por la Fuerza de un PODER-NO-CONSENSUADO.

Catalunya tiene su ADN en el Condado que fue; Euskadi y Navarra lo tienen en el Señorío y Reino que fueron, conservados, a duras penas, en su Régimen Foral.

Lo deseable hubiera sido que el Estado Español moderno hubiera sido constituido (o NO) por CONSENSO de todos los Países peninsulares que conformaban la Corona española.

La triste realidad es que España decidió UNILATERALMENTE que todo lo que estaba bajo la Corona de España era ESPAÑOL.

Y, ¡¡¡por Decreto...!!!, impuso una CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA-NO-CONSENSUADA 
aboliendo las Instituciones Territoriales Privativas e imponiendo las españolas de modo que que los Territorios que estaban unidos en la Corona, fueron obligados a depender, por Decreto, del Gobierno y de una Constitución españoles.
Gobierno con el que cualquier simulacro de diálogo se agota en su capacidad de VETO; incumpliendo, sistemáticamente, lo acordado o invalidándolo mediante Decretos Ley posteriores.

Hoy es el día en que aquellos Territorios que convivieron bajo la Corona común, mantienen aún memoria y reivindicación de sus derechos conculcados.
Como el diálogo con el Poder instituído es imposible, sólo queda la rebeldía: Actualmente el "caso catalán".
El españolismo, ante la actitud reivindicativa catalana proclama, la recuperación de la legalidad constitucional.
Pero esa legalidad es precisamente la que está cuestionada:
Se trata de conformar una constitucionalidad legal CONSENSUADA en la que quepa desde la asociación hasta la independencia.

España habla de rebeldía, de subversión del orden...
¿Por qué no se reconoce que, precisamente, es la RESTAURACIÓN DEL ORDEN lo que Cataluña pretende?
De un orden preconstitucional conculcado impune e ilícitamente .

El movimiento catalán no es ocurrencia peregrina de cuatro locos o malvados instigadores....
Los responsables y representantes políticos obedecen un mandato popularmente multitudinario e institucionalmente mayoritario.

Los catalanes llevan años proponiendo el diálogo fraterno, en la igualdad de los Pueblos ante la Ley, y la fuerza de la razón. Pero se encuentran ante la razón de la fuerza, la imposición y prepotencia.

Frente a quien la proposición de diálogo opone la prepotencia de la "legalidad vigente", no queda sino oponer la rebeldía, el puñetazo en mesa y cerrar la puerta por fuera.

¡¡¡Me duele!!! que la Iglesia haga causa común con la imposición, prepotencia, e insolidaridad de una legalidad y de un poder no consensuados; y lo haga, precisamente, en nombre de la justicia, del orden y la convivencia fraternales ¡¡¡Caramba!!!

Estamos pendientes de la decisión institucional catalana que se hará pública esta tarde a las nueve de la tarde como contestación y reacción a la intervención por el Gobierno español de las instituciones autonómicas catalanas por aplicación del Artículo 155 de la Constitución.



Diálogo SOBERANISTA con España.

EH Bildu propone un proyecto soberanista que puede hacerse compatible con la Constitución.

El movimiento soberanista de Cataluña ha alarmado en España y en Europa; y el diálogo, hasta entonces imposible, es ahora reclamado por una mayoría creciente.
Es muy posible que los cauces de diálogo pudieran cursar acerca de unas competencias parecidas a las ejercidas por la Vasconia Foral: Euskadi y Navarra.

Este ambiente de diálogo puede romper las almenas y murallas en que estaba encastillado el gobierno de España.

Es un clima idóneo para, desde Vasconia, establecer pactos con el Estado en base a los Derechos Históricos reconocidos y amparados por la Constitución, para recuperar la soberanía que le fue arrebatada.
La Comunidad Europea debería ser conocedora de dichos Pactos. El Propio Papa Francisco, aunque no veía bien un referendum de independencia de Cataluña, reconocía el derecho de independencia para países integrados por conquista.
En nuestro caso, el Reino de Navarra sería acreedor de ese derecho: conquistado en 1512, reducido a provincia española en 1841 mediante anulación de las instituciones del estado navarro, su soberanía es permanentemente reivindicada como lo atestigua su foralidad.

EH Bildu propone una República Confederal Independiente mediante los actuales Territorios Forales de Euskadi y Navarra, abierta a los territorios vascos franceses.
Haga causa común con EAJ/PNV que hábilmente introdujo en la Constitución las Disposiciones Transitorias Primera y Cuarta como fundamento legal de un proyecto soberanista.
¡¡¡Sin partidismos estériles...!!! Con solidaridad política y habilidad jurídica.

Pues bién:
La confederación de Euskadi y Navarra en un sólo Territorio Foral es posible mediante la Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución.

Los Derechos Históricos de los Territorios Forales están reconocidos y amparados en la Disposición Adicional Primera: No determina su número ni cuáles son.
Justificaría un Pacto con el Estado para la restauración histórica de la Corona de Navarra.
Un mismo rey volvería a ostentar las dos coronas: de Navarra y de España en una relación de fraterna independencia.
Posteriormente, según el proyecto soberanista, podría constituirse como República.
Ni que decir tiene que analistas constitucionalistas españoles interpretan esta Disposición de manera deslegitimadora de las interpretaciones soberanistas.

Para nosotros, hay un sólo derecho histórico fundamental:

El reconocimiento del derecho de Navarra y de Euskadi a recuperar su soberanía histórica, arrebatada y secuestrada por imposición Constitucional, aunque a duras penas mantenida por su estatus Foral.

El proyecto de Bildu, dado que "el derecho a decidir" es una aspiración que no tiene fundamento legal, se debería encaminar por vía constitucional en base sus Disposiciones Transitorias Primera y Cuarta.

Todo ello requiere de una serena y coherente pedagogía en la sociedad, sobre todo foralista y nacionalista, tanto en el seno de los Terirtorios Forales y sus Partidos, como en España y en Europa: sobre todo en Europa para que sea conocedora de los Derechos arrebatados que se aspira legítimamente recuperar.

Si la recuperación de la Soberanía perdida es un Derecho reconocido y por generaciones reivindicado, hay que ofrecerle cauces, porque es preceptivo poder ejercerlo.

Si no fuera posible un Pacto para la soberanía de la Vasconia peninsular, se trataría de ejercerla de hecho, al amparo constitucional, como derecho histórico reconocido.

Si no conseguimos convencer al Estado y en la Unión Europea, será por falta de voluntad o torpeza nuestra; no por culpa del Estado; porque el Derecho es nuestro.