jueves, 19 de julio de 2018

CONVENIO FORAL.- No Estatuto Autonómico.

En la España de las AUTONOMÍAS es preciso poner de relieve el hecho distintivo de la FORALIDAD.

El ESTATUTO AUTONÓMICO regula las competencias que el Gobierno delega o traspasa a sus administraciones autonómicas.

CONVENIO FORAL debería denominarse al PACTO por el que se acuerda con el Estado el reconocimiento, DEVOLUCIÓN de COMPETENCIAS, como DERECHOS HISTÓRICOS preconstitucionales.

Es una distinción política y jurídica ajustada a derecho y al hecho distintivo de la singularidad de los Territorios Forales en la composición del Estado español.

La consideración de Convenio Foral conlleva el no ser tratados los Territorios Forales como autonomías españolas y que los Territorios Forales dejen de comportarse como autonomías del Estado.

Considero sustancial esta constatación, en estos días en que se debate un Nuevo Estatus Vasco.

Es preciso rescatar el Parlamento y Gobierno vascos de su carácter "Autonómico" y reconocerlos en su condición Foral como emanados de la Confederación Foral de Territorios Vascos.

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