¿Por qué Foral?
Porque la Foralidad requiere PACTO
Porque la Foralidad requiere PACTO
el Pacto requiere BILATERALIDAD
La Bilateralidad requiere SOBERANÍA
La Soberanía requiere INDEPENDENCIA
La Independencia requiere DERECHO A DECIDIR
Porque la Foralidad, que es Constitucional, requiere todos esos conceptos.
Aunque, abanderados partidistamente como valor absoluto, pueden llevar a enfrentamientos irreconciliables; y rechazados por inconstitucionales.
Sin embargo, sustentan el constitucional Convenio/Concierto económico-fiscal Foral con España, haciendo realidad la Unidad del Estado entre diferentes.
- Porque es evidente que, en los Territorios Forales de Euskadi, la mayoría queremos un nuevo estatus: Una nueva y democrática relación en el Estado con España.
- Porque soluciona el desencuentro entre los partidos que, perdidos en una irreconciliable terminología, ni el recurso a destacados especialistas para la redacción de un nuevo Estatuto asegura poder congeniar.
- Porque las bases de un futuro Estado Vasco, históricamente, son Forales.
FORAL, porque es nuestra realidad, tanto histórica como actual, conocida, vivida. Y, aunque a duras penas, en ejercicio en nuestra relación con España y en nuestra estructura territorial.
- Porque es un estatus del que todos sabemos de qué hablamos y que entendemos debe ser actualizado a pesar de la distinta concepción por parte del nacionalismo español respecto de la del nacionalismo vasco.
- Porque siendo su origen política y jurídicamente violento en el s. XIX : Aboliciones, Imposiciones, Asimilación en un ambiente bélico, fue la resistencia de las propias instituciones españolas impuestas la que dio origen a la Foralidad constitucional.
- Porque, en el siglo XXI, aspiramos a que la Foralidad no se asiente en el "derecho de conquista", en una relación de poder, dominio, dependencia, y de resistencia, sino en un acuerdo bilateral libre y democrático: de PACTO: "Primus inter pares", como reza el fuero navarro.
- Porque los Territorios e instituciones Forales deben serlo con autenticidad y plenitud; ejerciendo todas sus competencias salvo las cedidas para constituir el Estado.
- Porque no es admisible que, en la actual estructura autonómica de España, se considere a los Territorios Forales, y ellos mismos se comporten, como comunidades autónomas; con una sola peculiaridad Foral: el Convenio/Concierto económico-fiscal. Generando impropios agravios comparativos.
- Porque los Territorios Forales de Euskadi no deben constituir un Parlamento y Gobierno autonómicos, sino Forales.
- Porque sufrimos el consiguiente desprestigio, abandono e ignorancia por parte de la ciudadanía del hecho y del derecho Foral. Objetivo, no casual, perseguido por los gobiernos españoles mediante contrafueros y su política del "café para todos", aunque sea extraña y poco práctica para la administración española.
Constituida la unidad del Estado por dos administraciones: la Foral y la de Régimen Común propiamente española.
Sin dependencia ni poder de una respecto a la otra.
Con un organismo del Estado en el que comparezcan, en paridad, los representantes españoles y los forales para acordar las políticas de Estado, dado que en el Congreso la minoría foral es arrasada por la voluntad de la mayoría española.
A su vez, los Territorios Forales (Navarra y Euskadi) podrían constituir un organismo Foral común para su representación en el del Estado, al amparo de la Disposición Transitoria que contempla su unión.
¿No es más sencillo y asumible por todos un Estatus Foral de este tipo?
De este modo podremos acordar, en un futuro próximo, incluso acerca de la República... del Estado Vasco y de lo que haga falta.
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