lunes, 19 de febrero de 2018

TERRITORIO FORAL no es Comunidad Autónoma

Un Territorio o País surge como Provincia o Comunidad FORAL a partir de un Pacto de Unión con el Estado Español, por el que dicho País conserva su soberanía original excepto en aquellas facultades que pacta ceder al Estado para hacer efectiva la Unión.

Una Comunidad AUTÓNOMA surge cuando el Estado decide delegar facultades en una o en todas sus Regiones administrativas, residiendo la soberanía en el Gobierno del Estado.

El tema vuelve a cobrar actualidad ante el asunto de "fracking".
El Gobierno pretende tomar iniciativas sobre el asunto en el País Vasco proclamando ser competencia del Estado: la tiene, efectivamente, en su ámbito del Régimen Común si no la ha transferido a las Comunidades Autónomas; pero, que yo sepa, ningún Territorio Foral ha hecho al Estado transferencia acerca de los Hidrocarburos.
Pero tampoco de las Nuevas Tecnologías.

Hoy en día, y, a través de los tiempos, desde el s.XIX hasta la fecha, la Foralidad, está absolutamente desdibujada, invisibilizada, reducida a una Autonomía Administrativa, por la, cada vez mayor, acción apisonadora de los Poderes del Estado amparados en el Judicial, dando cobertura legal a los excesos y Contrafueros.

El Estado se comporta, judicializando sus relaciones con los Territorios Forales, como si de Comunidades de Régimen Común, "aunque Privilegiadas" se tratase.
Curiosamente, no encuentro una respuesta adecuada y contundente de las Instituciones Forales; se comportan más como provincia española que como Territorio Foral.

Quizá el ejercicio de la política aboca a un acostumbramiento y amoldamiento a la situación perdiendo de vista los fundamentos que sustentan el Régimen Foral en su relación con el Estado.
Quizá porque quienes gobiernan las Instituciones Forales son españolistas o incluso pertenecen a partidos del Régimen Común.

Tal es la dejación o ignorancia de nuestros políticos que han invertido la conducta solicitando para las Instituciones Forales competencias del Estado como lo hacen las Comunidades Autónomas del Régimen Común.

Esta desvirtuación del hecho foral provoca confusión con un mero autonomismo.
Siendo así que, regiones españolas denuncian como agravio comparativo las prácticas forales como "privilegio" y no como lo que es: Un pacto entre instituciones soberanas.

Se hace necesaria la reforma de la Constitución para que, al amparo del reconocimiento de los Derechos Históricos, reconozca el valor del Pacto como fundamento de la Unión.
Es un modo de reconocer legalmente el "derecho a decidir" significado por el Fuero.
De otro modo, la obstrucción, la imposición no deja lugar mas que a la ruptura, a la independencia.

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